Un tic de izquierda

publicado el 21 de junio de 2004 en «Milenio Diario»
columna: «la calle»

 

Al constituir la Fiscalía Especial para Movimientos Políticos y Sociales del Pasado, que debería investigar a servidores públicos que pudieran haber incurrido en delitos al combatir el delito hace tres décadas, el procurador Macedo de la Concha dio al país una buena noticia y una mala. La buena fue que pondría al frente a Ignacio Carrillo Prieto, que conjuga conocimiento del Derecho y valor para enfrentar la urdimbre de poderosos intereses creados, que 30 años de impunidad han tejido en torno a quienes desarticularon las guerrillas que buscaban imponer el modelo socialista por la vía de las armas.

La mala era que el procurador general de la República hacía una demasiado generosa concesión a la corrección política dotando a la Fiscalía de un "comité ciudadano" que debía fiscalizar al fiscal. Este comité no tiene más función que la muy demagógica de aparentar intervención ciudadana en un organismo que debería estar conformado únicamente por expertos en derecho, técnicos en investigación y peritos en métodos de laboratorio, y donde nada tenemos que hacer escritores, periodistas, economistas, poetas ni pintores. Formé parte de ese ramillete en sus inicios y renuncié porque era inútil.

Por esta malformación, la Fiscalía parece haberse metido en un brete al solicitar la aprehensión de Luis de la Barreda Moreno, quien estuvo al frente de la Dirección Federal de Seguridad (DFS) durante los años de la guerrilla. Es fácil suponer que la cabeza de la Federal de Seguridad estuvo involucrada en las torturas, secuestros y homicidios cometidos al amparo de las acciones antiguerrilleras; es un tic de la izquierda. Pero en Derecho positivo los supuestos sirven únicamente para construir hipótesis. Luego deben recabarse las pruebas. Aquí es donde la defensa ha encontrado notorias fallas:

  1. Se ordena la aprehensión de Luis de la Barreda Moreno por su presunta responsabilidad en el plagio o secuestro de Jesús Piedra Ibarra, el hijo de doña Rosario Ibarra que militó en la Liga Comunista 23 de Septiembre, detenido en Monterrey el 18 de abril de 1975.
  2. La misma orden de aprehensión señala que "la última noticia legal de dicha persona se obtuvo de la fecha de su privación ilegal de su libertad." Pero contra Jesús Piedra había orden de aprehensión, ya que era presunto participante en asaltos y homicidios cometidos por la Liga Comunista, y, además, el joven detenido en esa fecha, de cuya identidad no hay certeza, pero pudo ser Jesús Piedra, iba armado. Luego, no puede argumentarse "privación ilegal de su libertad". Lo que tanto su madre como diversos organismos sostienen es que hubo "desaparición forzada" posterior a su detención, por cierto legal. Lo ilegal es la desaparición forzada luego de su detención legal.
  3. Esa desaparición forzada se atribuye a Luis de la Barreda porque era director de la ahora extinta Dirección Federal de Seguridad, y las instalaciones de ésta fueron el "lugar en donde al parecer estuvo privado de su libertad el C. Jesús Piedra Ibarra".

En primer lugar, es notable que una orden de aprehensión emplee términos tan ambiguos como "al parecer", ya que al acusado le basta con responder "pues a mi parecer no", para quedar libre. Y luego muestra la defensa un dato que invalida toda la argumentación acusadora: en el domicilio donde "al parecer" estuvo detenido Piedra Ibarra y que es "Avenida de la República número 20, esquina con Ignacio Ramírez, colonia Tabacalera, en la Ciudad de México"... nunca estuvo la DFS, por esas fechas en la colonia Roma.

La primera pregunta que podemos hacernos los ciudadanos comunes es ¿por qué un magistrado menciona "privación ilegal de la libertad" cuando hasta la madre del detenido ha hecho referencia a "desaparición forzada"? La defensa de Luis de la Barreda Moreno responde con un indicio: el magistrado pasó de inmediato a retiro por manifiesto deterioro senil de sus facultades mentales. Además, subraya, "el delito de privación ilegal de la libertad sólo podía ser cometido por un particular, no por un servidor público". Y explica que si un policía detiene ilegalmente a una persona, comete abuso de autoridad y no privación ilegal de la libertad. Luis de la Barreda es acusado en tanto director de la Federal de Seguridad, luego habría cometido abuso de autoridad. Como se redactó, la orden de aprehensión es insostenible.

Es menos sencillo responder por qué la Fiscalía Especial a cargo del caso, con un experto como Ignacio Carrillo Prieto al frente, se metió en tal número de contradicciones flagrantes. Intuyo, sin prueba alguna, que el comité de ciudadanos selectos ha dejado de ser un peso inútil y es ahora un obstáculo activo. El caso de Luis de la Barreda Moreno suena demasiado al método que teníamos de arreglar cuentas con la realidad en la vieja izquierda: véase cómo este tipo de análisis salpicó hasta a Jesús Reyes Heroles, a quienes los ex guerrilleros deben la amnistía que los tiene libres y los mexicanos debemos las primeras reformas al sistema electoral.

Es una lógica que se aprende en los severos desvelones del seminario marxista-leninista en el que la célula "Rosa Luxemburgo" analiza los datos políticos para construir el marco teórico: ¿Quién torturó a X? En última instancia el secretario de Gobernación, el director de la Federal y las cabezas de otros cuerpos represivos. Todos y al parejo. El policía torturador no es sino un cuasi-proletario que trabaja para vivir.

Pero no tenemos la exclusividad en esa lógica: fue también la que nos aplicaron en los juicios a los detenidos tras la masacre de Tlatelolco: son culpables todos los dirigentes estudiantiles de haber asesinado a todos los allí muertos. "¿Y yo por qué?", podíamos haber preguntado de haber previsto a Fox. "Porque estuvieron allí", fue la respuesta del juez Ferrer McGregor. Ahora que estamos en diversos niveles de poder, hacemos lo mismo.

 

la talacha fue realizada por: eltemibledani

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